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Referente a la problematica de Drenajes, el propietario de una finca colindante, el cual tubo que conectar sus drenajes a los de esta finca (por no tener acceso directo al río) fué condenado a cerrar todo, esto mediante una solicitud de medida cautelar atipica, contra Rigoberto Abarca Rojas, expediente 00-200719-306-PE
Acerca del ejemplo reportado, la escuela de geografía de la UCR, en declaración de proceso de investigación y aporte científico realizada con trabajo de campo el día 07 de octubre del año dos mil cuyo informe fue solicitado en su oportunidad por el Fiscal General, el Lic. Carlos Arias Nuñez, Fiscal General de la República, Ministerio Público, según consta en oficio 485 – FG – 2001 del 29 de marzo del 2001, el informe solicitado por el Ministerio de Ambiente y Energía sobre la apertura de canales de drenajes en humedales para el año 2001, en el apartado de conclusiones se indicó que:
- En términos generales en el área visitada se logró constatar la construcción de dos segmentos de drenaje que se localizan a 1200 metros del límite noroeste del Refugio Nacional de Vida Silvestre de Caño Negro, sitio que se incluye dentro del área de influencia inmediata del área protegida.
- Considerando la orientación del canal, las aguas son drenadas hacia el denominado Llano Zapote Mico, el cual es a su vez drenado naturalmente por el caño Caracol hacia el curso principal del río Frío.
- En el sitio de corroboración, por las condiciones que se observan hoy en día, se define como una unidad paisajística que presenta un escenario intervenido que urge sea restaurado y manejado adecuadamente, argumentación sustentada en la condición de humedal natural que tienen y su relación con el área protegida en el refugio de Caño Negro. Tal afirmación se sustenta en que un drenaje en torno a áreas depresivas próximas al humedal de Caño Negro propiciaran una salida del agua durante el período seco de manera más rápida, incentivando por consiguiente el estrés hídrico de las especies del área protegida, principalmente en el sector de Playuelas dentro del refugio.
- Este canal une dos áreas depresivas que contienen humedales naturales, argumentación sustentada en las especies observadas en terreno y por condiciones hidrodinámicas del entorno, lo que favorece el drenaje forzado de ambas por efectos de micro topografía, cambio de gradiente con respecto a partir de nivel de base del río Frío y aumento de volumen de agua.
- El sector en donde se localiza el drenaje construido, forma parte integral del corredor biológico propuesto en el Plan de Manejo del Corredor Biológico Fronterizo, que busca unir a partir de una política ambiental consecuente, el Refugio Nacional de Vida Silvestre de Caño Negro, el humedal de Medio Queso y el Refugio de Vida Silvestre Los Guatusos en Nicaragua.
Asi que:
- ¿ES LA LEY IGUAL PARA TODOS, O PARA ALGUIEN ES MAS IGUAL.?
- ¿CUALES PESOS Y MEDIDAS ADOPTAN LOS FISCALES Y JUECEZ A LA HORA DE JUZGAR DELITOS AMBIENTALES IGUALES Y EN LAS MISMAS AREAS?
- ¿Y QUE PASA CON LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTES ENCARGADOS DE VIGILAR A LA ZONA DE CAÑO NEGRO Y LOS CHILES? ¿TENDRAN MAS HOJOS PARA ALGUNOS QUE PARA OTROS?
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