

Todos los documentos realizado por parte del OIJ, Ministerio del Ambiente y Defensoría, pero los que más nos interesan, los del Ministerio del Ambiente, condenan esta actividad.
Sín embargo la actuación fué tardía, 15 días después de iniciados los trabajos, y solo porque medió denuncia de un vecino.
Los que más preocupa es que a pesar de las condenas por parte del actual Director del Area Arenal Huetar Norte Sr. Edgar Ulate, unos de los grandes problemas para cobatir los delitos ambientales es el Ministerio mismo.
7) 12 de abril 1999, Suspensión de Proceso a Prueba: Se compromete el imputado a:
“1) - Cerrar totalmente el Caño, restableciendose el sitio al estado original. En principio cerrará el extremo por donde vierte el agua del zanjo a la laguna, este punto deberá cumplirse al finalizar este mes (abril de 1999). En cuanto al cierre total del zanjo, se hará en lo que resta del verano del presente año, o en el verano del año dos mil. El representante del MINAE (presente en la audiencia señor Edgar Ulate Castillo) aportará a este despacho inspección del lugar y determinará si este verano es procedente cerrar la zanja."
8)
5 de agosto 1999, oficio CN-0045, declara el Administrador Edgar Ulate Castillo que a la fecha del 31 de mayo de 1999 las obras no fueron ejecutadas. Sín embargo exime al denunciado causa las condiciones medio ambientales típica de la entrada del invierno. El mismo reestablece la fecha a verano del 2000.
9)
21 de julio 2000, oficio CN-0056, dirigido al Fiscal Auxiliar firmado por el nuevo administrador Sr Vincente Mesa. Declara que para el día 19 de julio 2000, luego de sobrevuelo, el canal no había sido cerrado.
Pero no lo es todo
CONTINUA
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